Barriletes de junio/ "Cuando el licenciamiento de una obra puede ser libre"
A continuación el artículo publicado en la edición de junio de la revista Barriletes:
Cuando el licenciamiento de una obra puede ser libre
Una licencia, según la Wikipedia [0] “es un contrato mediante el cual una persona recibe de otra el derecho de uso de alguno de sus bienes”. Generalmente, una licencia se aplica a un medio no tangible o intelectual y dependiendo del tipo de licencia que se use, el autor puede ceder sus derechos con libertad o no, o pedir el pago de un monto determinado por su uso. De esta forma, existen muchas licencias de carácter libre y para todo tipo de tareas, entre las que podemos elegir para nuestra obra o trabajo.
Cuando hablamos de licenciar una obra o un trabajo, no necesariamente nos referimos a un desarrollo de software, ya que podemos relacionar una licencia a cualquier obra creativa, como ser: documentos, libros, audios, videos, diccionarios, páginas webs, blogs, etc.
Dependiendo de nuestra necesidad, hay ciertos conceptos que se aplican a cualquier forma de publicación, entre las cuales podremos elegir cual se adecúa mas, ya que nosotros somos los que tenemos la POTESTAD ABSOLUTA SOBRE NUESTRA OBRA, por ser sus creadores.
Si nos ubicamos dentro de los marcos legales, los autores son reconocidos como derecho-habientes, y sus derechos sobre sus obras son automáticos. Con esto queremos decir que no hay necesidad de registrar nuestras obras, ya que el Copyright o Derecho de autor [1] se aplica en el mismo momento de la concepción de la obra.
Pero a su vez, existe un modo de licenciamiento conocido como Copyleft [2] (left=cedido/izquierda o derecho a copia): una alternativa a las restricciones que imponen las normas de Copyright (right=derecho/derecha o derecho de autor). El Copyleft le da la libertad a los usuarios de una obra determinada de usarla, copiarla, redistribuirla y modificarla, siempre y cuando se nombre al autor orginal, esto se conoce como “protección heredada”.
A su vez, también existen licencias libres que aplican el Copyleft como una de sus principales cláusulas, como la GNU GPL [3] (Licencia Pública General, según sus siglas en inglés), GNU FDL [4] (Licencia de Documentación Libre, según sus siglas en inglés), la Creative Commons [5], entre otras.
Un poco de historia
En los principios de la década de los 80, en que la PC comenzaba a adoptarse en todos los hogares del mundo, el software sufrió un gran cambio. Luego de venir de más de 20 años donde NO se lo consideraba como un producto, sino como una gran herramienta que los grandes fabricantes de hardware les brindaban a sus usuarios; y donde los programadores y desarrolladores compartían sus trabajos entre sí.
Así, fue como las computadoras comenzaron a ser distribuidas con un sistema operativo privativo y se produjo una transformación en la forma en que se distribuía el software.
Este software privativo obligaba a sus usuarios a aceptar condiciones que les impedían realizar mejoras de dicho software. Y si en alguna situación el usuario encontrase un error en el programa, su única solución era informárselo a la empresa desarrolladora para que lo resolviera. Una tarea que les generaba dependencia para con la empresa y con la que mayoría de los grupos de usuarios de esa época no simpatizaban.
Entre esos grupos de usuarios se encontraba Richard Stallman, padre del proyecto GNU e impulsor del movimiento del software libre, quien en aquel momento se vio en una encrucijada en la cual tuvo que optar por seguir usando software privativo que lo restringiera de sus libertades de uso; o seguir con esa cultura de los comienzos de la informática, donde los programadores compartían libremente sus programas.
En aquella época, Stallman se encontraba desarrollando un software, del cual una empresa se interesó. Este gurú accedió a brindarles una versión de su trabajo bajo el dominio público sin restricciones. La empresa realizó modificaciones del programa, mejorándolo y ampliándolo sobre su original, pero cuando Stallman quiso acceder a dichas modificaciones, la compañía se negó.
Y fue así como en 1984 Stallman comenzó a trabajar para erradicar este tipo de comportamientos y creó el proyecto GNU [6], que tenía el objetivo de crear un sistema operativo completamente libre. Al año siguiente, en 1985, fundó la Free Software Foundation [7] (FSF, Fundación para el software libre, según sus siglas en inglés), con el fin de darle fuerza al movimiento del software libre.
Luego de estos acontecimientos, Stallman se encontró con otro inconveniente, y era que todo ese software desarrollado a través del proyecto GNU era libre de uso sin restricciones, lo que le permitía a las empresas tomar esos códigos y convertilo en software privativo. Esto lo llevo a escribir una licencia que trabajara dentro de los marcos legales y protegiera la libre distribución, modificación y uso del software, con la condición de que en todo momento se nombre a sus creadores y que sus trabajos derivados tuviesen los mismos criterios. Ésta es la GNU GPL: GNU General Public License (Licencia pública general, según sus siglas en inglés).
Con toda esta cantidad de licencias, no se pretende eliminar el Copyright, sino darle ciertas condiciones o modificaciones en cuanto a la distribución de nuestras obras.
Es decir, que de esta forma seremos nosotros mismos quienes decidimos si distribuir o no nuestras creaciones y como hacerlo. Y dependiendo de nuestra situación, podremos hacer una evaluación de las distintas licencias que existen -y que son muchas-, y elegir a nuestra semejanza. Como una buena democracia!
[1] http://es.wikipedia.org/wiki/Copyright
[2] http://es.wikipedia.org/wiki/Copyleft
[3] http://es.wikipedia.org/wiki/GNU_General_Public_License
[4] http://es.wikipedia.org/wiki/Licencia_de_documentaci%C3%B3n_libre_GNU
[5] http://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Commons
[6] http://www.gnu.org/home.es.html
por Ezequiel Caridad, integrante de LugParana
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